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LEGISLACIÓN ESTATAL

– Ley 7/2017, de 2 de noviembre, por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo.

Publicada en el BOE el 4 de noviembre. Esta ley tiene como finalidad garantizar a los consumidores residentes en la Unión Europea el acceso a mecanismos de resolución alternativa de litigios en materia de consumo que sean de alta calidad por ser independientes, imparciales, transparentes, efectivos, rápidos y justos.

– Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público:

Publicada en el BOE el 9 de noviembre. Ley por la que se transponen al ordenamiento Jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo, 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. La norma entrará en vigor a los cuatro meses de su publicación, por tanto, el próximo día 9 de marzo de 2018.

No obstante, la obligación de que todos los licitadores que se presenten al nuevo procedimiento abierto simplificado estén inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, o en el Registro Oficial de la correspondiente Comunidad Autónoma y la obligación de que los medios propios personificados de las entidades destinatarias del encargo reconozcan dicha condición en sus estatutos o actos de creación, previo cumplimiento de determinados requisitos, entrarán en vigor a los diez meses de la publicación.

Por su parte, los artículos 328 a 334 de la Ley, relativos a los órganos consultivos, de regulación, supervisión y evaluación, así como la disposición final décima por la que se modifica la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, entrarán en vigor al día siguiente de la publicación.

Y finalmente, la obligación de las mesas de contratación u órganos de contratación de comunicar a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, cualquier indicio de conductas colusorias queda condicionado a la aprobación reglamentaria de dicho procedimiento.

– Orden PRA/1080/2017, de 2 de noviembre, por la que se modifica el anexo I del Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.

Publicado en el BOE el 9 de noviembre. El objeto de esta orden es modificar el anexo I del Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, para su oportuna actualización. Esta modificación tiene un doble propósito. Por una parte, pretende ajustar el listado de actividades potencialmente contaminantes del suelo a la nueva clasificación que establece el Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009), en sustitución de la antigua del año 2003 –CNAE-93 rev. 1–. Por otro lado, la experiencia acumulada tras una década de aplicación de esta normativa aconseja actualizar las actividades consideradas como potencialmente contaminantes del suelo.

– Resolución de 15 de noviembre de 2017, de la Subsecretaría, por la que se aprueban la aplicación informática y el cuestionario electrónico necesarios para elaborar el informe a que se refiere el artículo 328.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

Publicado en el BOE el 21 de noviembre. La Ley 9/2017 atribuye a la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado la coordinación del cumplimiento de las obligaciones de información que imponen las directivas de contratación. Por ello, se aprueba la aplicación informática GOBERNANZA-CONTRATACION, que cada entidad contratante deberá utilizar para incorporar la información identificada en el cuestionario electrónico, a fin de coordinar el cumplimiento de las obligaciones de información y elaborar el informe previsto en el artículo 328.4 de la Ley 9/2017, es procedente elaborar un cuestionario electrónico y su correspondiente aplicación informática para recopilar la información necesaria y facilitar su posterior tratamiento sin perjuicio de que se pongan en marcha los oportunos dispositivos de consulta para facilitar la cumplimentación de la información.

– Real Decreto-ley 18/2017, de 24 de noviembre, por el que se modifican el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad.

Publicado en el BOE el 25 de noviembre. Actualiza los referidos cuerpos legales adaptándolos al marco comunitario regulatorio comunitario dado por la Directiva 2014/95/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2014, por la que se modifica la Directiva 2013/34/UE en lo que respecta a la divulgación de información no financiera e información sobre diversidad por parte de determinadas grandes empresas y determinados grupos, que tiene como objetivo identificar riesgos para mejorar la sostenibilidad y aumentar la confianza de los inversores, los consumidores y la sociedad en general y para ello incrementa la divulgación de información no financiera, como pueden ser los factores sociales y medioambientales.

– Orden SSI/1157/2017, de 28 de noviembre, por la que se procede a la actualización en 2017 del sistema de precios de referencia de medicamentos en el Sistema Nacional de Salud.

Publicado en el BOE el 29 de noviembre. A través de la Orden ministerial se procede a la actualización en 2017 de los conjuntos y precios de referencia establecidos por la Orden SSI/1305/2016, de 27 de julio, y para ello se determinan los nuevos conjuntos y se fijan sus precios de referencia, así como se revisan los precios de referencia fijados por la misma. Igualmente se procede a la supresión de los conjuntos de referencia previamente determinados en la citada Orden por no cumplir, por causas sobrevenidas, los requisitos exigibles para su establecimiento.

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