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TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
– Sentencia 93/2016, de 9 de mayo de 2016. Recurso de amparo 583-2015. Promovido por el Ayuntamiento de Toledo respecto de las resoluciones dictadas por las Salas de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha y del Tribunal Supremo, en proceso de impugnación de la orden de la Consejería de Vivienda y Urbanismo, de aprobación definitiva del plan de ordenación municipal de Toledo. Vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías: sentencia no fundada en Derecho porque inaplica una ley autonómica vigente sin plantear cuestión de inconstitucionalidad (STC 195/2015).
Publicado en BOE de 18 de junio de 2016.
– CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD núm. 2577-2015, planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en relación con la disposición transitoria novena de la Ley del Parlamento de Cataluña 7/2003, de 25 de abril, de protección de la salud, según la redacción dada por la disposición final primera de la Ley 8/2007, de 30 de julio, del Instituto Catalán de la Salud (sentencia).
Publicado en DOGC de 22 de junio de 2016. En dicha sentencia, el Tribunal Constitucional ha decidido: “Estimar la presente cuestión de inconstitucionalidad y, en consecuencia, declarar inconstitucionales y nulos los apartados 2 b) y 3 de la disposición transitoria novena de la Ley de la Comunidad Autónoma de Cataluña 7/2003, de 25 de abril, de protección de la salud, según la redacción dada por la disposición final primera de la Ley 8/2007, de 30 de julio, del Instituto Catalán de la Salud, en cuanto establecen una «especial valoración de los servicios prestados por los aspirantes» en el proceso descrito en el primero de los apartados citados.”