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TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Recurso de inconstitucionalidad n.º 1638-2017, contra la disposición adicional 40, apartados uno y dos, de la Ley 4/2017, de 28 de marzo, del Parlamento de Cataluña de Presupuestos de la Generalitat de Cataluña para el ejercicio 2017 y diversas partidas presupuestarias.

Publicado en el BOE el 5 de abril. El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 4 de abril actual, acuerda admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Presidente del Gobierno contra la disposición adicional 40, apartados uno y dos, de la Ley 4/2017, de 28 de marzo, del Parlamento de Cataluña de Presupuestos de la Generalitat de Cataluña para el ejercicio 2017 y de las siguientes partidas presupuestarias: «Procesos electorales y consultas populares» y « Procesos de participación ciudadana», identificadas en los artículos 4 y 9 del articulado de la Ley, del resumen del estado de gastos de la citada Ley, que se manifiesta en los créditos correspondientes a este programa dotado con 407.450 euros, y respecto de los gastos de Diversos Departamentos, dotado con 5.800.000 euros, en cuanto tales partidas presupuestarias se refieran a gastos vinculados a la celebración de un referéndum

Recurso de inconstitucionalidad n.º 7067-2014, interpuesto por el Presidente del Gobierno en relación con diversos preceptos de la Ley del Parlamento de Cataluña 3/2014, de 19 de febrero, de horarios comerciales y de medidas para determinadas actividades de promoción.

Publicado en el DOGC el 18 de abril. Mediante esta sentencia el Tribunal Constitucional acuerda declarar la inconstitucionalidad y nulidad de los arts. 1.2 b), 2.1, letras i) y j), 3.1, 3.2 y 16.10, en el inciso «en los siguientes períodos estacionales» y las letras a) y b), de la Ley del Parlamento de Cataluña 3/2014, de 19 de febrero, de horarios comerciales y de medidas para determinadas actividades de promoción.

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