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TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
– Recurso de Inconstitucionalidad núm. 2006-2014, interpuesto por el Gobierno de la Generalidad de Cataluña contra varios preceptos de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración local
Publicado en el DOGC el 4 de septiembre. En dicha sentencia, el Tribunal Constitucional ha decidido estimar parcialmente el recurso y, en consecuencia, declarar que el artículo 36.2 a) de la Ley 7/1985, en la redacción dada por el artículo 1.13 de la Ley 27/2013, así como la disposición adicional decimoquinta de la Ley 27/2013, no son inconstitucionales interpretados en los términos del fundamento jurídico 2 de esta Sentencia, que se remite a las SSTC 111/2016, FJ 12 c) y 41/2016, FJ 13 c).
– RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD núm. 4567-2015, interpuesto por el presidente del Gobierno respecto al capítulo I de la Ley del Parlamento de Cataluña 15/2014, de 4 de diciembre, del impuesto sobre la provisión de contenidos por parte de prestadores de servicios de comunicaciones electrónicas y de fomento del sector audiovisual y la difusión cultural digital
Publicado en el DOGC el 4 de septiembre. En dicha sentencia, el Tribunal Constitucional ha decidido estimar el recurso y, en su virtud, declarar la inconstitucionalidad y consiguiente nulidad del capítulo I (arts. 1 a 13) de la Ley del Parlamento de Cataluña 15/2014, de 4 de diciembre, del impuesto sobre la provisión de contenidos por parte de los prestadores de servicios de comunicaciones electrónicas y de fomento del sector audiovisual y la difusión de la cultura digital.
Hay un voto particular que formulan la Vicepresidenta doña Encarnación Roca Trías y los Magistrados don Fernando Valdés Dal-Ré, don Juan Antonio Xiol Ríos, don Cándido Conde-Pumpido Tourón y doña María Luisa Balaguer Callejón.