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TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Sentencia 7/2018, de 25 de enero de 2018. Recurso de inconstitucionalidad 7611- 2010. Interpuesto por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso en relación con diversos preceptos de la Ley del Parlamento de Cataluña 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña. Régimen lingüístico y derechos de los consumidores, disponibilidad lingüística: interpretación conforme de los preceptos legales autonómicos relativos al derecho de los consumidores a ser atendidos en la lengua oficial de su elección y a recibir determinadas informaciones en catalán (STC 31/2010).

Publicado en el BOE el 21 de febrero. La sentencia contiene el fallo que sigue:

“1.º Declarar que no es inconstitucional, siempre que se interprete en los términos establecidos en el fundamento jurídico 4, el apartado primero del artículo 128-1 de la Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña.

2.º Declarar que no es inconstitucional, siempre que se interprete en los términos establecidos en el fundamento jurídico 5, el apartado segundo del artículo 128-1 de la Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña.

3.º Desestimar el recurso en todo los demás.”

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