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TRIBUNAL SUPREMO

– Sentencia de 9 de febrero de 2016, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que anula el artículo primero, apartado diecinueve, del Real Decreto 1073/2014, de 19 de diciembre, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, y el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, en lo referente al inciso que contiene el texto: «… y siempre que tribute en la Administración del Estado».

Publicada en el BOE de 19 de mayo de 2016. Se Estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Bilbao, y en consecuencia, se anula el artículo primero, apartado diecinueve del Real Decreto 1073/2014, de 19 de diciembre, en lo referente al inciso que contiene el siguiente texto: «… y siempre que tribute en la Administración del Estado.

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