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Nº 4/2015. Tramitación de nuevas normas de regulación del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y de régimen jurídico del sector público

El pasado 9 de enero de 2015, el Consejo de Ministros aprobó el Anteproyecto de Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuyo objeto –definido en el artículo primero- se circunscribe a “los requisitos de validez y eficacia de los actos administrativos, el procedimiento administrativo común a todas las Administraciones Públicas, incluyendo cuando ejercen potestades sancionadoras, el sistema de responsabilidad de las Administraciones Públicas, así como el procedimiento para la elaboración de disposiciones normativas”.

Por medio de la presente norma legal se derogará la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con la Disposición Derogatoria Única del Anteproyecto de Ley.

A su vez, en la misma sesión se aprobó el Anteproyecto de Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, que tiene como finalidad principal la regulación de las bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas, así como la organización y funcionamiento de la Administración General del Estado y la de su sector público institucional.

Los referidos anteproyectos pretenden la reforma de la Administración Pública, estructurada en dos ejes complementarios entre sí, el referido a las relaciones externas de la Administración con los ciudadanos y empresas (Anteproyecto de Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas) y el relativo a la organización y las relaciones internas en el seno de cada Administración y entre las distintas Administraciones (Anteproyecto de Ley de Régimen Jurídico del Sector Público).

Entre las principales novedades de estas normas cabe destacar la firme apuesta por la implantación definitiva de la Administración electrónica, imponiendo su uso a las empresas y facilitando a los ciudadanos las relaciones electrónicas con la Administración.

Se reducen las cargas administrativas, estableciéndose entre otras medidas la no exigencia de documentos originales ni la de la presentación de documentos ya aportados con anterioridad o elaborados por la propia Administración.

Se establece un único procedimiento común, prescindiendo de procedimientos especiales y se prevé un procedimiento exprés, que supone una mayor agilidad al reducir los plazos.

Los referidos anteproyectos apuestan por una mayor transparencia con la implantación de medidas tales como la creación de un inventario, único y público de todos los organismos y entidades vinculados o dependientes de las Administraciones, la obligación de añadir las siglas que identifiquen la naturaleza jurídica de los organismos y entidades estatales o la creación de un registro estatal en el que constarán todos los órganos de cooperación en los que participa la Administración General del Estado. Asimismo, tratará de fomentarse la participación ciudadana en los procedimientos de elaboración de normas, al prever la realización de una consulta a través de la página web correspondiente con carácter previo a la elaboración de la  propuesta normativa.

Se establece un mayor control de las Administraciones Públicas mediante la simplificación del sector público institucional y estableciendo un régimen completo, más ágil y eficiente de transformaciones, fusiones, disolución, liquidación y extinción de entidades y organismos públicos estatales. Asimismo, se establecen mayores exigencias en la creación de nuevos organismos.

Por último, se introducen a través del Anteproyecto de Ley de Régimen Jurídico del Sector Público medidas tendentes a una mejor cooperación y coordinación entre las distintas Administraciones Públicas.

Barcelona, 16 de febrero de 2015.

Juan Irala
Abogado

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