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ADMINISTRATIVO GENERAL-El pleno del Congreso da luz verde al Proyecto de Ley de Movilidad Sostenible

El Congreso de los Diputados aprobó en la sesión de 8 de octubre de 2025 el Proyecto de Ley de Movilidad Sostenible, promovido por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.
La aprobación de la norma tiene una gran relevancia económica, ya que supondría el desbloqueo de 10.000 millones de euros procedentes de los fondos europeos Next Generation EU, condicionados a la adopción de una legislación integral sobre movilidad sostenible y digitalización del transporte.
La Ley se enmarca en los compromisos asumidos por España en el ámbito comunitario —especialmente los objetivos del Pacto Verde Europeo y del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC)— y persigue garantizar una movilidad segura, conectada y baja en emisiones, mediante un sistema de gobernanza compartida entre las administraciones públicas y la colaboración del sector privado.
El texto contiene previsiones relativas al Sistema general de movilidad sostenible, como órgano de cooperación entre el Estado, las comunidades autónomas y los ayuntamientos, y a través del que se elaborará un Documento de Orientaciones (DOMOS) que servirá como hoja de ruta común, entre otros ámbitos, en materia de transporte y movilidad, instrumentos de planificación, movilidad para todas la personas, contribución financiera del Estado para la movilidad sostenible en el ámbito urbano, adaptación de infraestructuras y transporte de mercancías y/o régimen sancionador.
El proyecto contiene modificaciones de diversas normas de rango legal, especialmente de la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre, pero también de las Leyes del sector ferroviario y de carreteras, Tráfico y Seguridad vial, Sector Eléctrico, Contratos del Sector Público y/o de la normativa reguladora de las Haciendas Locales.
Asimismo, la norma prevé que las empresas privadas y públicas con más de 200 trabajadores —o más de 100 por turno— estarán obligadas a disponer, en el plazo de dos años, de un plan de movilidad sostenible al trabajo. Estos planes deberán elaborarse en negociación con la representación sindical y promover el desplazamiento a pie, en bicicleta, en transporte público o mediante vehículos compartidos o de cero emisiones.
Las empresas de entre 50 y 200 empleados podrán adoptar dichos planes con carácter voluntario, debiendo habilitar el Ministerio de Transportes una línea específica de ayudas. Los planes deberán incluir, además, medidas de formación en movilidad y seguridad vial, facilitar el teletrabajo y disposición de puntos de recarga eléctrica en los centros de trabajo.
También los polígonos industriales, parques empresariales y centros de alta ocupación deberán aprobar sus propios planes de movilidad, revisables cada cinco años. Por su parte, los municipios de entre 20.000 y 50.000 habitantes dispondrán de un año para dotarse de su propio plan de movilidad urbana sostenible, con horizonte temporal de seis años.
En el ámbito de la contratación pública, el texto confirma el modelo concesional en el transporte regular de viajeros como rector del sistema, descartando el recurso a la liberalización de rutas y abriendo paso también al contrato de servicios. También establece el marco temporal de referencia para la renovación contractual del sistema de líneas de transporte regular en autobús de competencia estatal y la aplicación del régimen de recursos contractuales a todos los contratos de servicios de transporte sujetos al Reglamento Europeo 1370/2007.
En cumplimiento de los compromisos de mitigación climática, la ley se plantea como objetivo actualizar e impulsar la progresiva descarbonización del transporte y la movilidad. Para ello, el PNIEC (Plan Nacional Integrado de Energía y Clima) incluirá objetivos concretos y cuantificables; y serán vinculantes al incremento de las energías renovables y reducción de la intensidad de gases de efecto invernadero en el sector transporte.
A tal efecto, la norma dedica una atención prioritaria al impulso de la electromovilidad, tanto en el transporte de pasajeros como en el de mercancías. Para ello se prevé el despliegue de puntos de recarga eléctrica rápida y ultrarrápida en la red viaria estatal y en estaciones de servicio, así como la obligación de que, antes de 2030, los puertos y aeropuertos dispongan de infraestructura eléctrica suficiente para alimentar buques atracados, aeronaves estacionadas y maquinaria de servicio.
El proyecto de ley prevé también impulsar las autopistas ferroviarias y un sistema de bonificaciones en los cánones ferroviarios para favorecer el trasvase de mercancías a este modo.
En el ámbito del transporte aéreo, el Ministerio de Transportes impulsará la reducción de los vuelos domésticos cuando exista una alternativa ferroviaria con duración inferior a dos horas y media, salvo en los casos de conexión con aeropuertos internacionales. En paralelo, se elaborará un estudio sobre la viabilidad de restablecer servicios ferroviarios nocturnos de conexión con Europa, con el objetivo de promover opciones de transporte más sostenibles y competitivas.
El Gobierno deberá además revisar el sistema de distintivos ambientales de la Dirección General de Tráfico. En el plazo de un año, presentará un estudio técnico que reforme las etiquetas (ZERO, ECO, C, B) incorporando las emisiones reales de CO2 como criterio adicional. La norma pretende también impulsar la electrificación del parque automovilístico.
Ahora el proyecto será remitido al Senado para debate, presentación y en su caso admisión de enmiendas como paso previo a su aprobación definitiva. Por todo ello, habrá que estar muy atentos a su tramitación por el gran impacto social y económico que obviamente tendrá esta norma.
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Barcelona, 13 de octubre de 2025.