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Orden HFP/1499/2021, de 28 de diciembre, por la que se publican los límites de los distintos tipos de contratos a efectos de la contratación del Sector Público a partir del 1 de enero de 2022

El pasado 11 de noviembre se publicaron en el Diario Oficial de la Unión Europea los Reglamentos Delegados de la Comisión, por los que se revisaron los umbrales establecidos en las directivas de contratación pública que determinan su aplicación a los contratos adjudicados por los Estados Miembros.

El 31 de diciembre de 2021 se ha publicado en el BOE la Orden HPF/1499/2021, de 28 de diciembre, por la que se incorporan a la legislación española los límites fijados por la Comisión Europea. La modificación de los umbrales a efectos de aplicación de los procedimientos de contratación a partir del 1 de enero de 2022 es la siguiente:

1. Respecto de la Ley 9/2017:

a) La cifra de 5.350.000 euros por la de 5.382.000 euros, en los artículos 20.1; 23.1.a) y 318 b).

b) La cifra de 214.000 euros por la de 215.000 euros, en los artículos 21.1.b); 22.1.b); 23.1.b) y 318 b)

c) La cifra de 139.000 euros por la de 140.000 euros, en los artículos 21.1.a) y 22.1.a).

2. Respecto del Real Decreto-ley 3/2020:

a) La cifra de 5.350.000 euros por la de 5.382.000 euros, en el artículo 1.1.c) y 2.

b) La cifra de 428.000 euros por la de 431.000 euros, en el artículo 1.1.b).

3. Respecto de la Ley 24/2011:

a) La cifra de 5.350.000 euros por la de 5.382.000 euros, en el artículo 5, letra b).

b) La cifra de 428.000 euros por la de 431.000 euros, en el artículo 5, letra a).

Barcelona, a 3 de enero de 2022

Tornos Abogados

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