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CIVIL-Los Juzgados de Primera Instancia de Barcelona comienzan a aplicar estrictamente los límites de extensión de los escritos procesales

En fechas recientes, el Juzgado de Primera Instancia nº 25 de Barcelona ha requerido a la letrada que suscribe para reducir la extensión de una demanda y ajustarla a los límites establecidos en la “Guía de buenas prácticas sobre escritos e informes orales y actuaciones judiciales”, así como al compañero para que hiciera lo propio con su contestación. Efectivamente, la Providencia dictada ordenaba a las partes limitar sus escritos a un máximo de 30 folios.
Dicha guía fue aprobada el 13 de enero de 2021 por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y establece, entre otras pautas, que las demandas relativas a pretensiones simples no deberían superar las 10 páginas y que los asuntos de complejidad media o alta pueden extenderse hasta un máximo de 30.
Aunque estos criterios eran sobradamente conocidos, desde su aprobación únicamente habían tenido un carácter meramente orientativo, no aplicándose de forma estricta en el plano práctico.
El cambio de enfoque parece derivar de la Junta de Jueces de Primera Instancia de Barcelona celebrada el 8 de abril de 2025, en la que se aprobó la Unificación de Criterios para la aplicación de la Ley Orgánica 1/2025 y otras cuestiones procesales. En el marco de dicha reunión, los magistrados acordaron reactivar y aplicar de manera efectiva las recomendaciones sobre extensión contenidas en la Guía de 2021.
La Unificación de Criterios prevé expresamente que, cuando un escrito no cumpla con las pautas de extensión, deberá requerirse a la parte para que lo adapte en el plazo de diez días, de modo que la extensión permita identificar correctamente la pretensión y facilite el estudio y resolución del asunto por parte del órgano judicial.
La resolución recibida por esta letrada confirma que, efectivamente, estos criterios han dejado de ser simples orientaciones y han devenido en reglas operativas plenamente exigibles, cuya aplicación ya es una realidad en los Juzgados de Primera Instancia de Barcelona.
La aplicación estricta de estos límites obliga a la abogacía a interiorizar un método de trabajo que combine precisión y concisión. Lejos de ser una mera restricción formal, la síntesis se convierte en un elemento técnico de la estrategia procesal: organizar el caso desde el inicio, jerarquizar argumentos y anticipar cómo presentar de manera comprensible asuntos que, por su naturaleza, pueden ser densos o multidisciplinares.
En los asuntos de mayor complejidad, este ejercicio exigirá un esfuerzo adicional para condensar información técnica y jurídica sin merma de rigor, pero puede convertirse en un arma de doble filo si la necesaria brevedad termina dificultando la exposición íntegra de la controversia. La clave estará en encontrar un equilibrio razonable que permita cumplir con las pautas de extensión sin comprometer la plena efectividad del derecho de defensa ni la adecuada comprensión del asunto por parte del órgano judicial.
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Paula Villuendas
Tornos Abogados